Federico Dangelo Martínez
Soy magíster en derecho empresarial (UADE, Business School), abogado (UBA), especializado en Derecho del Turismo y profesor universitario. Autor en libros y diversas publicaciones en revistas jurídicas. Consultor legal y fundador de este espacio Derecho y Turismo. Además, coautor del Manual de Derecho del Turismo y colaborador activo en el suplemento de Derecho del Turismo de la Editorial ElDial y en la Dirección Nacional del Sistema Argentino de Información Jurídica (SAIJ).
Me desempeñé durante 10 años en el Ministerio de Turismo y Deportes, por entonces, Ministerio de Turismo de la Nación, donde pude participar de innumerables proyectos, vinculados a la gestión y organización. Me formé, además, en criterios de calidad de servicios orientados al turismo, asumiendo la responsabilidad de coordinar y gestionar dos herramientas del Sistema Argentino de Calidad Argentino (SACT), las Directrices de Gestión Turística de Municipios y las Normas IRAM-SECTUR. Asimismo, he sido referente del SACT, exponiendo en diversas Jornadas, Seminarios, Congresos, en el país, y en el exterior también.
Luego el honor de asumir la Coordinación Regional por Litoral y por Patagonia, en el Consejo Federal de Turismo, participando de diferentes proyectos de gestión vinculados directamente con el desarrollo y fomento de la actividad en dichas regiones.
En paralelo escribí, y lo sigo realizando, artículos sobre esta materia las que comparto en distintas revistas jurídicas, en su mayoría, en el Suplemento de Derecho del Turismo de ElDial.com. donde tengo el placer de ser colaborar.
Asimismo, desarrollo mi profesión como consultor en materia legal y ejerzo la docencia universitaria en materias vinculadas al derecho para distintos enfoques profesiones, como el turismo, además del diseño, la publicidad y otras ramas más.
Utilizo este Blog para difundir información relativa al derecho y al turismo a través de diversas publicaciones. También lo hago en mi Podcast «Derecho y Turismo» y en mis redes sociales. Los invito a seguirme y apoyarme en esta linda travesía de compartir información.
- Código Civil y Comercial de la Nación.
- Código Aeronáutico. (Marco legal de los contratos de transporte aéreo local).
- Convenio de Montreal de 1999. (Marco legal de los contratos de transporte aéreo internacional).
- Convenio de Atenas de 1974. (Marco legal de los contratos de transporte marítimo internacional).
- Ley 18.829 (Agentes de viajes). Abrogada por el DNU 70/2023.
- Ley 24.240 (Defensa del consumidor).
- Ley 25.599 (Turismo estudiantil).
- Ley 25.651 (Leyenda en tickets o voucher).
- Ley 25.997 (Marco legal del Turismo).
- Ley 27.563 (Sostenimiento y reactivación productiva de la actividad turística).
- Decreto 2182/1972 (Decreto reglamentario de la ley de Agentes de viajes). Abrogada (indirectamente) por el DNU 70/2023.
- Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 (decreto que introduce muchas modificaciones, y algunas de ellas se relacionan con el Turismo).
- Resolución 906/1998 (Medidas en contratos de consumo).
- Resolución 1532/1998 (Condiciones generales del contrato de transporte aéreo).
- Resolución 23/2014 (Reglamento de Turismo Estudiantil)
- Resolución 2/2019 (Derechos de autor en alojamientos turísticos).
- Resolución 424/2020 (Botón de arrepentimiento).
Este sitio se realizó con la única función de acercar el derecho al viajero y difundir temas de interés general para el derecho y el turismo. No sólo para apoyar al viajero y a los prestadores en su búsqueda de información sino en el conocimiento de aspectos legales relacionados al sector, fomentando de alguna manera su conocimiento, el respeto de los derechos y con ello el cumplimiento de las obligaciones.
Dicho ello, es importante recordar que toda la información que encuentren en el sitio como las respuestas ofrecidas a los usuarios ante consultas en el sitio como en redes sociales, no representa asesoramiento jurídico sino una mera indicación de sus derechos. En caso de pretender un asesoramiento, les pido que acudan al profesional en derecho: abogada o abogado. Pues son ellos los que podrán resolver sus conflictos, en términos legales.
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